La dirección de Martinsa-Fadesa decidió vender el 12 de diciembre del 20007 ocho hoteles a la cadena Barceló a pesar de que la operación le generó unas pérdidas de 43,89 millones de euros. Según revela el documento presentado el pasado martes por los administradores concursales ante el juzgado que lleva el mayor proceso concursal de la historia de España, la transacción se realizó «con el fin de obtener la máxima liquidez posible para afrontar el pago de los intereses correspondientes al préstamo sindicado solicitado para la financiación de la compra de Fadesa y cuyo vencimiento parcial era en diciembre del 2007».
En varias ocasiones, los administradores concursales inciden en que la empresa es viable, pero revelan también que la dirección de la compañía tenía «un sistema contable ineficiente», que «la información que se ha facilitado a todos los que han tenido la obligación de las actuaciones [auditores, administradores concursales y Agencia Tributaria] se hace tarde y con errores que llevan a un trabajo de interpretación que la hace aún más difícil».
Incertidumbre
En concreto, y en relación con una operación de warrants (derecho de compra) sobre acciones vinculada con la renovación del crédito sindicado para comprar Fadesa, la administración concursal explica que se tuvo en cuenta la incertidumbre que pesaba sobre el valor de la compañía. De hecho, se constata que el precio de liquidativo de esos warrants habría sido de 81 millones, y no los 140 que hay contabilizados en las cuentas provisionales. «Insistimos -dicen los administradores concursales- en que la falta de información y la tardanza en facilitarla podrían haber dañado gravemente los intereses de la sociedad».
También recogen los administradores concursales que se han encontrado con numerosas dificultades para obtener una información rigurosa respecto a los acreedores. Así, concretan que existía un número superior a 2.000 transacciones que no habían sido recogidas en la contabilidad.
Acreditación deficiente
«La sociedad -se explica en el documento- mantiene que son operaciones con las que existe discrepancia con el acreedor, si bien no puede justificar en la mayoría de los casos que a la recepción del documento dejara constancia escrita de su desacuerdo».
Los autores del informe aseguran que su intención es comunicar a todos los acreedores información individualizada para que puedan reclamar si no están de acuerdo.
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